Tus resultados

Ayudas para la rehabilitación de viviendas

Publicado por Acerco Tenerife en 27/10/2022
0

España pretende impulsar la rehabilitación de viviendas en 2022.

El Senado aprobó, a principios del mes de junio, el proyecto de Ley de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria residencial, que incluye tres deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales, para las que existe una financiación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Este Plan cuenta con una financiación de 6.820 millones de euros, de los cuales, 3.420 millones está destinado a la «rehabilitación para la recuperación económica»:

  • 1.994 millones para la rehabilitación integral de edificios.
  • 976 millones para la rehabilitación de barrios.
  • 450 millones de euros para cubrir las deducciones fiscales previstas.

¿Cuánto desgrava la rehabilitación de vivienda?

Las deducciones en IRPF por la rehabilitación de viviendas son las siguientes:

  • 20% de deducción si se reduce un 7% la demanda en climatización debido a las obras.
  • 40% de deducción en el IRPF si la reducción es del 30% o consigue una A o B en la certificación energética.
  • 60% de deducción si reduce un mínimo del 30% el consumo energético no renovable o mejoren la calificación alcanzando las letras ‘A’ o ‘B’ en edificios residenciales.

Esta normativa se resume en la subvención, por parte del Gobierno de España, de las obras de rehabilitación en barrios, edificios y viviendas que ayuden a minimizar el impacto en el medio ambiente, es decir, la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad y conservación, mejora de la seguridad de utilización y accesibilidad, tanto en el medio urbano como rural.

Ayudas a la rehabilitación de viviendas en 2022 por Comunidades Autónomas

Cada comunidad autónoma es responsable de atender las solicitudes de las subvenciones reguladas en este Real Decreto 853/2021, así como de publicar las resoluciones definitivas.

Por tanto, para solicitar este tipo de ayudas es necesario comunicarse, vía online o presencialmente, con el órgano de gobierno de cada comunidad autónoma.

En Canarias, las viviendas deben constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios con una antigüedad de al menos tres meses en el momento de solicitar acogerse a las ayudas. Dicha circunstancia deberá acreditarse mediante certificación o volante de empadronamiento.


Se concederá a los beneficiarios una subvención del cincuenta por ciento (50%) del coste subvencionable de la actuación, con un importe máximo por vivienda de 6.000 €.

Criterios de valoración y baremación:

  • Por actuación

– Actuaciones en materia de mejora de la Seguridad de Utilización y Accesibilidad.

– Actuaciones de Conservación, Eficiencia Energética y Sostenibilidad.

  • Por Ingresos totales de la Unidad de Convivencia residente en el inmueble.

Forma de Abono:

  • Las subvenciones se abonarán, de forma anticipada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 37 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establecer el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • La subvención se abonará una vez presentada por parte de la persona beneficiaria:

– La licencia de obras, autorización municipal o comunicación que habilite para la realización de las actividades subvencionadas.

– El certificado o certificados de inicio de las actuaciones a realizar.

– Alta en el Sistema de Información Económico-Financiera y Logística de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Dicho abono tendrá la consideración de pago anticipado a justificar en el plazo señalado en la resolución de concesión. No se podrá realizar el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución firme de procedencia de reintegro.

Más información

Deja un comentario

Tu dirección de email no será publicada.

  • Búsqueda avanzada

    0 € a 1.500.000 €

    Más opciones de búsqueda

Comparativa

Bienvenido/a a nuestro Centro de Atención al Cliente. Seleccione el motivo de consulta para chatear con nosotros.
//
Atención comercial
Atención al Cliente